Artículo Disposición transitoria decimoctavaDisposición transitoria decimoctava
Disposición transitoria decimoctava. Recepción de urbanizaciones.
La recepción de cualquier urbanización en curso de ejecución o ejecutada, que se encuentre pendiente de ser recibida por la administración urbanística correspondiente, se regirá por las normas establecidas por esta ley, en particular por las que regulan la recepción por imperativo legal.
Norma publicada: 13 de julio de 2017